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En una fuerte decisión política, la Corte Suprema asume la defensa de sus intereses en litigios judiciales

“Con la finalidad de robustecer la independencia orgánica y funcional del Poder Judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) avanza en la decisión de asumir de manera progresiva la defensa de sus intereses en las causas en las que es parte actora o demandada, función que hasta ahora lleva a cabo de forma exclusiva el Ministerio de Justicia de la Nación”.

Argentina24/05/2025pregonandopregonando
corte suprema
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Así lo comunicó esta mañana el máximo tribunal del país, al difundir la resolución Nº 931/2025. En esa decisión, la Corte autorizó a los letrados que integran su Dirección de Asuntos Contenciosos (DAC) a ejercer la abogacía con la finalidad exclusiva de asumir la defensa de los intereses del máximo tribunal en sede judicial, extrajudicial y administrativa manteniéndose respecto de cualquier otra actividad el régimen de incompatibilidades vigentes

También facultó al titular de la Secretaría Jurídica General a que otorgue un poder general que les permitirá acreditar su personería al momento de desempeñar dicha representación, y lo instruyó para que dicte las disposiciones necesarias para el funcionamiento de la mencionada dependencia. 

Además, requirió al Ministerio de Justicia que "comunique de forma inmediata a la Dirección de Asuntos Contenciosos del Tribunal la iniciación de todo juicio en que esta Corte sea parte, así como de los demás actos procesales que requieran su intervención". 

Y dispuso que, "en la primera presentación que hagan en los litigios en que actúen, los letrados de la Dirección de Asuntos Contenciosos informarán al tribunal interviniente que los honorarios profesionales que eventualmente se regulen por su actuación deberán ser transferidos a la cuenta bancaria de titularidad de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que oportunamente se indique", en línea con lo establecido por la Corte con relación a que los agentes públicos que perciben un sueldo no son acreedores de honorarios por los servicios que prestan en el desempeño de su cargo.

La Corte, dejó aclarado que afrontará todos los impuestos, tasas, contribuciones, bonos, matrícula profesional y gastos devengados por la actuación profesional en juicio de los referidos funcionarios. 

Habilitó a los letrados de la DAC a matricularse ante el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, mientras que la Oficina de Matrícula de la Corte gestionará su matriculación cuando deban actuar ante tribunales federales con asiento en las provincias.

Entre otras cuestiones, procura evitar las dilaciones en el trámite de las causas. Más allá de la cuestión funcional, la resolución comunicada, y que lleva la firma de los tres ministros, hoy aparta al Ministerio de Justicia de la tarea y toma las riendas directamente el máximo tribunal del país.

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