


¿Los legisladores nacionales, escuchan a la Iglesia Católica?


El documento remarca que “…la ley es fruto del consenso político, social y científico…", y representa "…un hito fundamental en la protección de reservas estratégicas de agua dulce, ecosistemas únicos y un patrimonio natural de valor incalculable para las generaciones presentes y futuras…"; destacando que "el acceso al agua potable y segura es un derecho humano básico, fundamental, universal e inalienable…”; “…determina la sobrevivencia de las personas, y por lo tanto es condición para el ejercicio de los demás derechos humanos…"; “…está fundado en la dignidad, y no en estimaciones de carácter puramente cuantitativo…"; "…no son simples recursos económicos."

Apoyados en evidencia regional, expusieron que los países que han fijado edades más bajas, presentan mayores niveles de violencia, mientras que Argentina —con edad mínima de 16 años— mantiene las tasas más bajas de homicidios de la región.
La oposición a la reforma tiene la adhesión, entre otras organizaciones, de: UNICEF, la Sociedad Argentina de Pediatría, la Asociación de Psiquiatras Argentinos, la Federación de Psicólogos de la República Argentina, la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina, y la Asociación Argentina de Magistrados, Funcionarios y Profesionales de la Justicia de Niñez, Adolescencia y Familia.
Reforma laboral: La Pastoral Social de la Iglesia rosarina cuestionó el rumbo de Milei, en un mensaje con fuerte contenido social, político y ético; y advierte que el trabajo no es una mercancía; salió al cruce del debate por la reforma laboral que impulsa el gobierno nacional, y reclamó que el trabajador sea “sujeto de derechos” y no un “recurso descartable”.
El pronunciamiento eclesial repasa derechos laborales que deben ser reconocidos y preservados:
Derecho a la justa remuneración;
Derecho al descanso;
Ambientes de trabajo que no dañen la salud física ni moral;
Respeto por la conciencia y la dignidad del trabajador;
Acceso a subsidios por desocupación;
Pensión y seguridad social ante enfermedad, vejez o accidentes;
Prestaciones por maternidad;
Derecho a la sindicalización;
El texto agrega que: “El trabajo no es una mercancía, ni el salario un precio”; “…la remuneración debe permitir al trabajador y a su familia acceder a los bienes de la tierra y vivir con dignidad, considerando no solo la productividad sino también el bien común”; y subraya que “…los trabajadores no pueden ser privados, por razones de productividad, del tiempo destinado al descanso, al ocio y al culto, un aspecto que suele quedar ausente en los debates técnicos”.-
En conclusión, el documento define al salario como elemento importante, para una distribución equitativa de la renta.-



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