PREGONANDO PREGONANDO

La Municipalidad de Paraná deberá conectar la vivienda de un vecino al sistema de saneamiento urbano injustamente excluido

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó la sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná que ordenó a la Municipalidad de Paraná la obra de vinculación del domicilio de un vecino con el sistema de saneamiento urbano.

Entre Rios 08/05/2024 pregonando pregonando
edif tribunal Parana
edif tribunal Parana

 Conforme lo dispuesto en la sentencia confirmada por el STJER, que fuera dictada el 20 de mayo de 2021, el vecino deberá aportar la cañería plástica, tapas y pegamentos necesarios, en tanto que la Municipalidad dispondrá de un plazo máximo de seis meses para la ejecución de los trabajos.

 La sentencia ratificada en el marco del juicio “Camiolo, Luis Justo c/Municipalidad de Paraná s/Contencioso Administrativo s/Recurso de inaplicabilidad de ley”, referida a la prestación de una obra pública municipal relacionada con un servicio público esencial como es el de saneamiento relacionado con la salud pública, fue dictada tras el análisis de diferentes pruebas técnicas, análisis de los compromisos documentados por la Municipalidad con los vecinos, siendo de especial consideración la inspección personal de los vocales de la Cámara en el lugar donde se emplaza el domicilio de Camiolo y las obras municipales realizadas en la zona.

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