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title: "LAS  ‘ZONAS LIBERADAS’  EN  LAS  RELACIONES LABORALES."
article_type: "Article"
description: "La existencia de zonas liberadas a favor de las patronales, es la consecuencia directa cuando desde los gobiernos de turno, se propicia y facilita el abuso de poder empresarial, en detrimento del trabajador y su  familia."
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date_published: "2026-09-05T16:02:00-03:00"
date_modified: "2026-09-05T16:15:21-03:00"
author_name: "José Couceiro"
category_name: "Curiosidades"
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# LAS  ‘ZONAS LIBERADAS’  EN  LAS  RELACIONES LABORALES.

Un claro ejemplo de ello es “…La empresa Granja Tres Arroyos , una de las mayores avícolas de Argentina, suspendió las operaciones de su planta ubicada en Capitán Sarmiento (Buenos Aires), sin fecha de reanudación.

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Mediante un comunicado interno notificó que las tareas operativas quedan paralizadas “hasta nuevo aviso a partir del 31 de agosto de 2026”, con la instrucción de que el personal no concurra a prestar servicios salvo convocatoria expresa de un encargado o supervisor….” (Infobae 31/08/2026).

La empresa repitió el fruto de zonas liberadas, similar a lo ocurrido éste año en Concepción del Uruguay, donde se afectaron más de 900 puestos de trabajo formales.

En síntesis, la legislación vigente le otorga al Estado -nacional y provincial- las facultades suficientes al disponer que: “…podrá declarar en situación de reestructuración productiva, de oficio o a petición de las partes interesadas, a las empresas públicas o mixtas, o sectores productivos privados, públicos o mixtos, cuando se encuentren o pudieren encontrarse afectados por reducciones significativas del empleo..” , en sintonía con el Pacto Federal del Trabajo (ley 25212), cuyo objetivo principal es ‘..unificar y coordinar las políticas laborales y las inspecciones..’ .

![imagen](/download/multimedia.normal.9f214719dc635949.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)  
Al respecto la ley nacional de empleo Nº 24013 (arts.95,96,97,98,102,104) habilita a implementar:  
• un programa de gestión preventiva del desempleo en el sector;   
• una comisión técnica tripartita (empresa, gremio y Estado), para realizar un estudio sobre la situación sectorial;   
• medidas de reconversión profesional y de reinserción laboral de los trabajadores afectados.

En tal sentido, la legislación vigente prevé que “..el empleador no podrá adoptar medidas que afecten el empleo hasta que se expida la comisión..” .**![imagen](/download/multimedia.normal.828e6ca6d54c8de4.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)**

En conclusión, cuando desde el Estado, se abandona el rol ordenador de las relaciones laborales, inevitablemente surgen las dudas de porqué los ‘funcionarios que no funcionan’ actúan pasivamente, con evidente desinterés, y poniendo en riesgo la Paz Social (ante un probable incumplimiento de los deberes de funcionario público).

Evidentemente, los ‘grupúsculos de amiguitos’ enquistados en la Gestión de turno, quedan bajo sospechas de corrupción político-empresaria, o de quiebras inducidas que, muchas veces, facilitan la ‘compra’ de empresas rentables por ‘moneda quebrada’.- ![imagen](/download/multimedia.normal.969a4358563011c0.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

FUENTE: José Couceiro

![jose](/download/multimedia.normal.bf166db23cf7e10f.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*jose*

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