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# CARTA ABIERTA A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE ENTRE RÍOS: EN DEFENSA  DE NUESTRA JUBILACIÓN DOCENTE

![image](/download/multimedia.normal.91891668679aa0fc.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)Paraná, 22 de julio de 2026.-

**CARTA ABIERTA A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE ENTRE RÍOS: EN DEFENSA**

**DE NUESTRA JUBILACIÓN DOCENTE**

A las Señoras y Señores Diputados:

Desde SADOP Entre Ríos nos dirigimos de manera pública a cada uno de los bloques que integran la Cámara de Diputados en un momento fundacional para el futuro de la clase trabajadora entrerriana. Frente al proyecto de reforma previsional enviado por el Ejecutivo y aprobado en la Cámara Alta, les exigimos legislar con sensibilidad social y responsabilidad histórica, escuchando la voz de quienes sostenemos a diario la educación en la provincia.

Es preocupante el proyecto de reforma previsional con media sanción, por considerar que implica un serio retroceso en materia de derechos previsionales y laborales históricamente conquistados por las y los trabajadores como ya lo expresamos oportunamente a cada uno de los senadores provinciales. La seguridad social no puede ser concebida como una variable de ajuste ni como una herramienta destinada a resolver desequilibrios fiscales a costa de quienes sostuvieron durante décadas el sistema con sus aportes y su trabajo.

Las jubilaciones constituyen derechos adquiridos, construidos colectivamente a través de años de lucha sindical, negociación y organización de las y los trabajadores, y por lo tanto deben ser defendidas con firmeza. En este sentido, SADOP alerta especialmente sobre los aspectos fundamentales del proyecto que afectan directamente a la docencia privada de Entre Ríos:

[if !supportLists]1. [endif]**Desvinculación de la Movilidad Jubilatoria de la paritaria del escalafón correspondiente**: el proyecto propone que la movilidad de los haberes jubilatorios quede atada a las paritarias del «escalafón con mayor cantidad de aportantes del Estado Provincial», independientemente del escalafón al que perteneció el trabajador en actividad (Art. 34° que modifica el Art. 71° de la Ley 8.732). Esta modificación representa un cambio estructural de enorme gravedad, ya que desvincula los haberes previsionales de las negociaciones salariales específicas y liquida el traspaso automático del salario en actividad a la pasividad.

[if !supportLists]2. [endif]**Continuidad de Aportes en la Jubilación Ordinaria** **Especial:**Manifestamos nuestro rotundo rechazo a la continuidad de aportes personales una vez obtenida la Jubilación Ordinaria Especial Docente (Arts. 19° y 20° que modifican el Art. 37° e incorporan el 37° BIS). El proyecto establece un «aporte personal previsional solidario» que inicia en un exorbitante 19% y disminuye de forma progresiva (19%, 17%, 12% y 6%) hasta alcanzar la edad de la Jubilación Ordinaria Común. Esta disposición implica una **reducción directa e inadmisible del ingreso jubilatorio de las y los trabajadores que ya han cumplido con todos los requisitos exigidos por ley para acceder al beneficio**. **La Jubilación Ordinaria Especial Docente no constituye un privilegio; representa el reconocimiento histórico a una tarea de alto desgaste físico, emocional y psicológico**. Pretender transformar ese derecho en una instancia de aporte continua vulnera la naturaleza misma del régimen especial.

[if !supportLists]3. [endif]**Aumento del Aporte Personal Extraordinario en Actividad**: en el marco de la declaración de emergencia (Título I), se establece un aporte personal extraordinario del 3% adicional sobre el total de la remuneración bruta para las y los trabajadores en actividad con salarios superiores a $3.000.000 (Art. 4°). Esto se traduce en un nuevo recorte salarial directo para la docencia que sobrepase dicho umbral.

[if !supportLists]4. [endif]**Recorte en el Cálculo del Haber Inicial**: rechazamos la modificación del Art. 63° de la Ley 8.732 (Art. 31° del proyecto), que establece que el haber de la jubilación ordinaria pasará a calcularse sobre el promedio actualizado de las últimas **180 remuneraciones mensuales brutas (15 años)**, impactando sensiblemente a la baja en la tasa de sustitución respecto del último salario en actividad.

Frente a esta situación, SADOP sostiene que **la transformación del sistema previsional exige mesas de diálogo con participación sindical real, absoluta transparencia de datos y el resguardo de las conquistas históricas**. Seguiremos en pie de lucha para defender el modelo previsional solidario, los derechos de la docencia privada y el derecho a una jubilación digna y justa.

¡Las conquistas previsionales no son privilegios, son derechos!

Consejo Directivo

SADOP Seccional Entre Ríos

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